CONSULTORES AMBIENTALES
miércoles, 27 de octubre de 2021 a las 07:33 AM

El ICAA realizó modificaciones al Registro Provincial

El Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) informó que estableció una nueva normativa del Registro Provincial de Consultores Ambientales (REPCA) en el que deberán estar inscriptos toda Persona Física o Jurídica que pretendan realizar Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) dentro del marco de la Ley N° 5067 de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Resolución N° 430/21 del 5 de octubre de 2021 establece nuevos formularios de inscripción, así también sobre los requisitos y documentación a presentar, casos de inhabilitaciones, aranceles, profesionales asociados, responsabilidades, infracciones y sanciones y cuadro de antecedentes de los inscriptos en el REPCA.

La normativa señala que las empresas, proponentes o titulares de emprendimientos que requieran los servicios de consultoría sobre Estudios de Impacto Ambiental deberán seleccionar del registro disponible en el sitio web del ICAA icaa.gov.ar, bajo su entera responsabilidad y a su exclusivo criterio, al Consultor Ambiental que considere conveniente.

Los trabajos presentados ante el ICAA por los Consultores Ambientales inscriptos en el REPCA y regularizados a la fecha, serán publicados en el cuadro de antecedentes conforme al Anexo C de la Resolución ICAA N° 430/21.

Los profesionales y entidades o empresas inscriptas en el Registro Provincial de Consultores Ambientales deberán abonar el arancel de renovación anual correspondiente al año calendario siempre que hayan iniciado y/o tramitado expediente y/o se encuentren tramitando en el organismo en el año calendario.

La Resolución ICAA N° 430/21 publicado en el Boletín Oficial Nº 28.392 del 14 de octubre de 2021 está disponible en la sección normativas de la página web del ICAA, como así también en la sección trámites, ingresando al link Inscripción Registro Provincial de Consultores Ambientales, están disponible los requisitos, información de documentación y formularios a presentar.