CERTIFICADO DE NO INUNDABILIDAD ÚNICAMENTE PARA ORGANISMOS PÚBLICOS
PROVINCIALES- MUNICIPALES
Requisitos
Requisitos (INVICO)
Con Terreno Propio
El Certificado tiene como objeto determinar la condición de No Inundable de un área o predio en donde se pretende desarrollar un determinado proyecto. No se contempla análisis de inundabilidad por deficiente sistema de desagües pluviales.
Documentación a presentar:
1. Nota de solicitud de Certificado de No Inundabilidad, elevada al Administrador General del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA), con indicación del objeto del proyecto a desarrollar.
2. Ubicación del inmueble (partidas inmobiliarias involucradas, indicación de coordenadas geográficas de los vértices del mismo y cualquier otro dato que permita su correcta ubicación y delimitación).
3. En el caso de existencia de cuerpos de agua cercanos que puedan afectar con sus crecidas al predio en estudio, se deberá presentar Plano de Relevamiento Topográfico de la zona que contenga:
a) Curvas de nivel conforme al lugar de emplazamiento, con equidistancia adecuada entre curvas para definir correctamente el terreno.
b) Definición de cuerpos de agua cercanos (ríos, arroyos, lagunas, etc.) con indicación de niveles máximos registrados y/u observados.
4. Toda la documentación técnica presentada deberá estar avalada por un profesional universitario con incumbencia en el tema.
Nota: Quedan eximidos de todo pago de aranceles, el Instituto de Vivienda de Corrientes (INVICO) y profesionales de dicha dependencia, cuando tramiten expedientes para la misma.
SIN TERRENO PROPIO
1. Formulario de Solicitud de Inicio de Trámite.
2. Nota de solicitud de Certificado de No Inundabilidad, elevada al Administrador General del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA), con indicación del objeto a desarrollar.
3. Ubicación del inmueble (partidas inmobiliarias involucradas, indicación de coordenadas geográficas de los vértices del mismo y cualquier otro dato
que permita su correcta ubicación y delimitación).
4. En el caso de existencia de cuerpos de agua cercanos que puedan afectar sus crecidas al predio en estudio, se deberá presentar Plano de Relevamiento Topográfico de la zona que contenga:
a) Curvas de nivel conforme al lugar de emplazamiento, con equidistancia adecuada entre curvas para definir correctamente el terreno.
b) Definición de cuerpos de agua cercanos (ríos, arroyos, lagunas, ect.), con indicación de niveles máximos registrados y/u observados.
5. Toda documentación técnica presentada deberá estar avalada por un profesional universitario con incumbencia en el tema.
Requisitos
PROYECTOS DE ORGANISMOS DEL ESTADO PROVINCIAL DISTINTOS DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DE CORRIENTES (INVICO) O DE MUNICIPIOS
El Certificado tiene como objeto determinar la condición de No Inundable de un área o predio en donde se pretende desarrollar un determinado proyecto. No se contempla análisis de inundabilidad por deficiente sistema de desagües pluviales.
Para la emisión del Certificado, se deberá adjuntar lo siguiente:
1. Nota de solicitud de Certificado de No Inundabilidad elevada al Administrador General del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA), con indicación del objeto del proyecto a desarrollar.
2. Ubicación de inmueble (partida inmobiliaria involucrada, indicación de coordenadas geográficas de los vértices del mismo y cualquier otro dato que permita su correcta ubicación y delimitación).
3. En el caso de existencia de cuerpos de agua cercanos que puedan afectar con sus crecidas al predio en estudio se deberá presentar: Plano de Relevamiento Topográfico de la zona que contenga:
a) Curvas de nivel conforme al lugar de emplazamiento, con equidistancia adecuada entre curvas para definir correctamente el terreno.
b) Definición de cuerpos de agua cercanos (ríos, arroyos, lagunas, etc.) con indicación de niveles máximos registrados y/u observados.
4. Toda la documentación técnica presentada deberá estar avalada por un profesional universitario con incumbencia en el tema.
Nota: Quedan eximidos de todo pago de aranceles, Organismos del Estado Provincial, Municipalidades y profesionales de dichas dependencias, cuando tramiten expedientes para la misma.