El nuevo Código Civil y la Línea de Ribera fue analizado por el COHIFE
El titular del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) ingeniero Mario Rubén Rujana presentó las normativas y criterios vigentes en la provincia en los ríos Paraná y Uruguay.
Organizado por el Consejo Hídrico Federal (COHIFE), con la colaboración del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), el encuentro generó conclusiones y propuestas expresadas en un documento, luego de una intensa jornada realizada en la sede del COHIFE en la ciudad de Buenos Aires, con la presencia de titulares y profesionales de 17 jurisdicciones, totalizando casi 50 asistentes.
La apertura del encuentro estuvo a cargo de las actuales autoridades de los nucleamientos de recurso hídricos y ambiente ingeniero Néstor Lastiri Presidente del COHIFE e ingeniero Hugo Bilbao Presidente del COFEMA. También estuvo presente el Subsecretario de Provincias del Ministerio del Interior, licenciado José Luis Barbier.
A continuación, se escucharon exposiciones de las distintas regiones del COHIFE, comenzando por Tucumán del COHINOA, a través del ingeniero Aníbal Comba. Luego lo hizo Corrientes del COHILI, donde el ingeniero Mario Rujana expuso La Línea de Ribera en los ríos Paraná y Uruguay.
Posteriormente lo hizo el Ing. Jorge Millón de COHICU que presentó la Línea de Ribera en la Provincia de San Juan, luego el asesor jurídico de la APA de la provincia del Chaco del COHINEA, Dr. Raúl Osvaldo Casavecchia presentó la Línea de Ribera en la zona Metropolitana del Gran Resistencia y finalmente los ingenieros Daniel Petri y Martín Nini del COHIPA, presentaron la Implementación de las Líneas de Ribera y Riesgo Hídrico en la provincia de Río Negro.
Antes de las conclusiones hicieron sus presentaciones relacionadas con línea de Ribera y el Nuevo Código Civil y Comercial, los doctores Carlos Paoli de la provincia de Santa Fe Cristina del Campo de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación y el prestigioso abogado Mario Valls, con una vasta experiencia el derecho agrario, hídrico y ambiental.
Documento del COHIFE
Luego de las exposiciones los asistentes coincidieron en un documento, que deberá ser aprobado por la Asamblea del COHIFE a mediados de noviembre, donde señalaron que “Los Estados Provinciales son los responsables de definir las líneas delimitantes del espacio público y restricciones administrativas en glaciares y ambiente periglaciar, cursos de agua, humedales, lagos y lagunas que existan dentro de sus respectivas jurisdicciones; teniendo en cuenta la diversidad de casos, sus condiciones geomorfológicas e hidrológicas, mediciones de caudales, entre otros”.
Así también quedó expresado que “las jurisdicciones integrantes del COHIFE trabajarán en la definición de criterios generales para la determinación, delimitación y demarcación de la Línea de Ribera, procurando unificar los términos y procedimientos, para que cada Provincia, en uso de sus facultades legales, reglamente o actualice los procedimientos administrativos para demarcar la línea de ribera que prevé el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación”.
También destaca el documento que "el COHIFE avala las metodologías y procedimientos desarrollados por las distintas Provincias para la definición de las líneas de ribera de sus cuerpos hídricos. Ante la presencia de cursos o cuerpos de agua interjurisdiccionales se hace imprescindible que las distintas jurisdicciones compatibilicen sus propios criterios de delimitación de Línea de Ribera".
Finalmente, "Ante la presencia de cursos o cuerpos de agua interjurisdiccionales se hace imprescindible que las distintas jurisdicciones compatibilicen sus propios criterios de delimitación de línea de ribera".
Los asistentes manifiestan su voluntad de continuar trabajando en los ejes planteados en el Taller de Mendoza, realizado el día 16 de abril de 2015, relacionado con camino de sirga, lagos navegables y no navegables, ambiente peri glacial, obras de defensas de los ribereños, normas especiales y aguas públicas y privadas.
Ríos Paraná y Uruguay
El administrador general del ICAA ingeniero Mario Rujana expuso ante sus pares los criterios indicados en la Ley Nº 5.588 Determinación de la Línea de Ribera y Régimen de Uso de los Bienes Inmuebles en Areas Inundables en la provincia de Corrientes.
Así como el Decreto Nº 2245/2012 reglamentario de la Ley Nº 5.588 en lo relativo al uso de suelo en función a la determinación y demarcación de la Línea de Ribera en los ríos Paraná y Uruguay, estudio éste solicitado oportunamente al Consejo Federal de Inversiones (CFI).
En todos los casos en los cuales el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente y EVARSA efectuaron la determinación de Línea de Ribera (en caso de cursos de agua, no lagunas) se pudieron obtener datos históricos de alturas hidrométricas.
En estos casos se realizó un estudio estadístico de los mismos a efectos de obtener la altura hidrométrica para la Recurrencia requerida (2 años). Para ello se utiliza el software AF MULTI. En el caso de lagunas fue determinada la Línea de Ribera analizando la geomorfología de las mismas.
También comentó la metodología implementada con la Dirección de Catastro y Cartografía de la provincia para el visado de los planos de mensura que incluyan un recurso hídrico en el mismo y los trabajos que se están realizando para unificar un instructivo que incluya también al Registro de la Propiedad Inmueble y posterior comunicación al Colegio de Escribanos de la provincia.